Aporte del sector agropecuario en la Provincia de Córdoba
Escrito por Néstor Eduardo Roulet
Abal Medina: “La Legislatura de Córdoba podría encarar un proyecto para modificar la estructura impositiva de Córdoba que desde el año 1993 mantiene congelado el impuesto inmobiliario rural.”
“Tres clases hay de ignorancia: no saber lo que debiera saberse, saber mal lo que se sabe, y saber lo que no debiera saberse.” François de la Rochefoucauld
Ver artículo completoProvincia de Córdoba: ¿Cuánto aportará el sector agropecuario de la Provincia de Córdoba a través de la “Tasa vial provincial”?
Escrito por Néstor Eduardo RouletProyecto de Ley:
Artículo 1.- ESTABLÉCESE que resultan comprendidos en la finalidad y objeto de la Ley N°
8.555, la planificación, el estudio, proyecto, construcción, conservación, mejoramiento, modificación y/o mantenimiento del sistema de autovías, carreteras y/o nudos viales de Provincia de Córdoba.
Artículo 3.– CRÉASE una tasa, denominada “TASA VIAL PROVINCIAL”, en adelante “la tasa”, destinada a retribuir la prestación de los servicios que demande el mantenimiento, conservación, modificación y/o mejoramiento de todo el trazado que integra la red caminera provincial, incluidas las autovías, carreteras y/o nudos viales incorporados por la presente al marco de la Ley N° 8.555, la que será abonada por los consumidores de combustibles líquidos y gas natural comprimido (GNC) en la Provincia de Córdoba.
Artículo 5.– La tasa que deberán abonar los consumidores definidos en el artículo anterior, destinado a integrar el “Fondo Provincial de Vialidad”, será de:
a) $ 0,30 (pesos cero treinta centavos) por cada litro de expendio de carga de combustibles líquidos y/u otros derivados de hidrocarburos.
b) $ 0,10 (pesos cero coma diez centavos) por cada metro cúbico de expendio de carga.
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